Hi, How Can We Help You?

Equipo

UNA CUESTION DE CONFIANZA

EL NOTARIO Y SU EQUIPO

La trayectoria profesional del Notario Diego Aragón Claver, comenzó en la Notaría de Vega de San Mateo, donde desempeñó su función durante más de once años, desde el veinticuatro de Octubre de 2011 hasta Enero de 2023.

Estando los primeros años, ubicado en la avenida Tinamar, se produjo su traslado a la calle Principal 64 en el año 2014 a fin de mejorar las instalaciones y adecuarlas a un equipo creciente, para posteriormente, por concurso de traslado ir a su actual destino situado en Las Palmas de Gran Canaria, en la Avenida Rafael Cabrera 19 local 2.

A lo largo de los años se ha ido configurando un equipo de primer nivel formado por grandes profesionales expertos en derecho, con especialistas en propiedad y mercantil, que se han ido incorporando gradualmente hasta conformar la plantilla actual, la cual se ha trasladado íntegramente junto al Notario a la nueva ubicación, para mantener la calidad del servicio notarial, y permitir continuar con su labor ampliamente reconocida en la resolución de los expedientes notariales, que se ha traducido en un gran depósito de confianza por parte de los clientes procedentes de toda la isla, en ejercicio de la libre elección de notario.

En continua formación y crecimiento, el equipo ha ido a la vanguardia del sector, con una importante digitalización (constitución de sociedades online, envío de copias electrónicas, firmas simultáneas en distintas ciudades, etcétera), resolviendo tanto los expedientes tradicionales especializados en derecho de propiedad (obras nuevas, divisiones horizontales, cambios de uso,  compraventas, hipotecas, herencias, testamentarías, cancelaciones registrales, etcétera) y societario (constitución de sociedades, cambios de administrador, objeto social, estatutos, disoluciones, etcétera, como en los derivados de las nuevas atribuciones derivadas de la Ley de Jurisdicción voluntaria (matrimonios, divorcios y separaciones, interpelación para aceptaciones de herencia (artículo 1005 código civil), reclamación de deudas, declaratorio de herederos de colaterales, etcétera), con la premisa de la satisfacción del usuario del servicio público y en devolver la citada confianza con profesionalidad.