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Elevaciones a público de acuerdos sociales

Derecho societario

Elevaciones a público de acuerdos sociales

En la vida de la sociedad van apareciendo innumerables cambios y modificaciones derivados de las circunstancias de socios y administradores, y de la propia evolución de la empresa.

En general dichos cambios se traducen en la adopción de acuerdos sociales que en varios casos deben ser objeto de certificación por parte de administradores (o por excepción del socio único 109 RRM), que será elevada a público, para surtir los efectos propios de la escritura pública y ser inscribible.

Así la notaria le vaya a acompañar y asesorar a lo largo de los años, en múltiples casos:

  1. Cambio de domicilio social.
  2. Ampliación o cambio del objeto social.
  3. Cambio de denominación social (requiere certificado del Registro Mercantil Central que podemos tramitarle).
  4. Modificación del sistema de administración (por ejemplo, de administrador único a consejo de administración).
  5. Nombramiento de nuevo administrador y cese del anterior (requiere que sea notificado el saliente conforme a lo dispuesto en artículo 111 RRM, siendo una de las formas más sencillas en la propia comparecencia en la notaria para legitimar la firma en la certificación expedida).
  6. Ampliación y/o reducciones de capital.
  7. Otras modificaciones de estatutos.
  8. Otras operaciones (fusiones, escisiones, transformaciones, etc.)

En todas ellas tenga siempre presente que el notario está para asesorarle y aclararle los requisitos de cada una de ellas, pregúntenos con plena confianza, estamos para ayudar.